Normas de funcionamiento

1.Cada pequeño huerto es una parcela de 50 metros cuadrados de iniciativa privada destinada al cultivo agrícola para autoconsumo familiar.

2.El uso de los huertos será exclusivamente el cultivo agrícola de hortalizas, flores y frutas, y la producción de plantas ornamentales, quedando expresamente prohibida cualquier otra actividad, incluida la venta de productos, el almacenaje de cualquier tipo o la construcción de cualquier obra.

3.No está permitida en los huertos la crianza de ningún tipo de animal ni la plantación de árboles que formen seto o sombreen a los huertos vecinos.

4.El tipo de agricultura a practicar será ecológica, estando expresamente prohibido el uso de productos fitosanitarios y fertilizantes químicos de síntesis.

5.No se permite el cultivo de especies prohibidas ni realizar actividades molestas, insalubres o peligrosas.

6.Los usuarios deberán comportarse de forma respetuosa con el medio ambiente y con los vecinos.

7.Está absolutamente prohibido el uso del huerto como residencia, sea o no permanente, así como pernoctar en la misma.

8.Queda prohibido el uso del fuego en todo el huerto. No se podrán hacer barbacoas.

9.Queda prohibido dejar libres perros o cualquier otro animal dentro del huerto, a fin de evitar molestias al resto de usuarios.

9.Sólo se permitirá aparcar los coches en la zona expresamente habilitada para ello.

10.Finalizado el contrato por cualquier causa, el usuario perderá los derechos sobre los productos hortícolas no recogidos, sin que por ello pueda exigir indemnización alguna y sin menoscabo de las responsabilidades que puedan exigírsele por los daños y perjuicios causados.

11.Con el fin de proteger tu parcela y tu cosecha, el huerto está vallado. No obstante, la propiedad no se responsabiliza de robos ni pérdida de herramientas o cultivos.

12.El huerto contará con una zona común de la que podrán disfrutar todos los usuarios, que deberán hacer un uso responsable y adecuado de la misma.

13.Para deshacerse de desperdicios generados o de restos vegetales no se emplearán las quemas ni se arrojarán a los huertos vacíos o las zonas comunes. Deberán ser retirados de la finca por el propio usuario.

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